sábado, 4 de julio de 2009

Denuncia Social contra la Mafia del COIIM (IV)

"46. Dimita, podrida Junta de Gobierno del COIIM corrupta, delincuente, prevaricadora y estafadora, porque teniendo Ustedes como finalidad última la tutela del correcto ejercicio de la profesión como garantía de los derechos de los ciudadanos, esa finalidad última es evitar que los ciudadanos emprendedores seamos estafados por sus Ingenieros Industriales Colegiados, y en cambio, lo que hacen es ayudar a su Ingeniero en la estafa, utilizando el engaño desde su posición de poder, privilegio y prestigio. ¿Quién va a arriesgar su capital en crear una empresa, generar riqueza y empleo, cuando el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid se dedica a ayudar a sus Ingenieros Industriales Colegiados a cometer estafas?

Y esto sí que es un Notición, porque el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid legaliza las estafas de sus Ingenieros Industriales Colegiados. Eso sí, la Garantía para la Sociedad por el proceso de visado es que le den por el culo al ciudadano:

Dimita, podrida Junta de Gobierno del COIIM, al igual que su Comisión de Recursos, su Comisión Deontológica, su Director y su Responsable del Departamento de Visados, porque si para Ustedes un Taller de Chapa y Pintura no es un local con riesgo de incendio y explosión, están vulnerando todas las leyes en materia de seguridad industrial y prevención de riesgos de incendio y explosión. Y ese proyecto 200417373 lo visaron Ustedes, visado que acredita que la normativa aplicable en los Talleres de Chapa y Pintura es que no son locales con riesgo de incendio y explosión. ¿Cómo serán los Másters de Ingeniería en Seguridad Contra Incendios que dan Ustedes? ¿Másters de cómo estafar a los ciudadanos?

Dimita, podrida Junta de Gobierno del COIIM, porque denegar las hojas de reclamaciones a los ciudadanos, es negar sus derechos más básicos, y deniegan las hojas de reclamación ¡incluso ante la misma Policía Municipal!, siendo Ustedes quienes tienen como finalidad última la tutela del correcto ejercicio de la profesión como garantía de los derechos de los ciudadanos. Y porque si deniegan las hojas de reclamaciones a los ciudadanos, ¿cómo van a poner los ciudadanos una queja contra los Ingenieros Industriales Colegiados que se dedican a estafar a los emprendedores mediante proyectos industriales estafa?

Dimita, podrida Junta de Gobierno del COIIM, porque si son capaces de mentir a la Policía Municipal al decirla que Ustedes solo presentan hojas de reclamación a sus Ingenieros Industriales Colegiados, ¿cuál es la garantía del COIIM de los derechos de los ciudadanos? Y además se dedican a presentar repetidas denuncias contra los ciudadanos estafados que van a presentar una queja en la hoja de reclamación que disponen, lo cual es símbolo de que para Ustedes, los ciudadanos no tienen derechos.

Dimita, podrida Junta de Gobierno del COIIM, porque si para Ustedes, la solución a un proyecto industrial ilegal que ha sido ilegalmente visado por su Departamento de Visados pasa por engañar al ciudadano de que ese proyecto ilegal es posible que no precise de ninguna corrección, eso es evitar su responsabilidad en el proceso de visado, luego el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid no vale para nada. ¿Quién va a querer ser un emprendedor en la Comunidad de Madrid cuando el COIIM se dedica a proteger, amparar, ocultar, mentir y engañar a los emprendedores de las estafas de sus Ingenieros Industriales Colegiados?

Dimita, podrida Junta de Gobierno del COIIM, porque su obligación es revocar los proyectos estafa 200417373 y 200417617, pero no lo hacen porque su prepotencia pasa por decir a un ciudadano que un Taller de Chapa y Pintura no es un local con riesgo de incendio y explosión. Y para la Junta de Gobierno del COIIM, la Comisión de Recursos, la Comisión Deontológica, el Director y el Responsable del Departamento de Visados, a un Taller de Chapa y Pintura de una nave industrial que no dispone de ventilación forzada, se le puede hacer su instalación eléctrica como un local sin riesgo de incendio y explosión, sin hacerle su desclasificación de zonas, sin hacerle su clasificación de emplazamientos, ni sus planos representativos. ¿Tan Ilustrísimas Sabidurías están por encima de la Ley o es que tan Ilustrísimas Señorías son unos estafadores que no quisieron asumir su responsabilidad en el visado ilegal de unos proyectos estafa?

¿Quién va a querer montar una empresa en esta Comunidad de Madrid? ¿Quién va a querer emprender la creación de una industria o negocio para generar riqueza y empleo, cuando el COIIM, el mismísimo Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, se dedica a ocultar las estafas de sus Ingenieros Industriales Colegiados, engañando a los emprendedores para que prosigan haciendo disposiciones en perjuicio propio, en una instalación ilegal porque se ha realizado según un proyecto estafa ilegal, que ha sido legalizado mediante el ilegal visado de su Departamento de Visados?

Los proyectos industriales de sus Ingenieros Industriales Colegiados pueden ser realizados correcta o incorrectamente. En el caso de que sean incorrectamente realizados, en los proyectos 200417373 y 200417617 solo se dan dos casos posibles:

1º Que hayan sido realizados por mala praxis, equivocación o negligencia de su Ingeniero Industrial Colegiado, con lo cual se daría parte a la respectiva póliza de su Compañía de Seguros. Y en cambio, no se dio parte.

2º Que hayan sido realizado con mala fe intencionada y con un objetivo concreto, estafar al ciudadano, es decir, que la Compañía de Seguros rechazaría el parte porque la mala fe está excluída en la póliza. Por eso, Ustedes, Ilustres podridos miembros de la Junta de Gobierno del COIIM, prefirieron engañar al ciudadano con tal de no asumir su garantía en el proceso del visado ilegal de esos proyectos. Es decir, que el visado colegial no es ninguna garantía para la Sociedad.

¿Existe alguna Compañía de Seguros que esté dispuesta a asegurar los Proyectos Estafa de sus Ingenieros Industriales Colegiados? No. Sería asegurar en póliza a los estafadores, y todos los Ingenieros Industriales Colegiados se harían estafadores de profesión, porque estarían cubiertas en póliza de seguro las estafas que cometieran. Sería algo alucinante, por tanto, que los Ingenieros Industriales Colegiados fueran en búsqueda de clientes para decirles: "Voy a cometer una estafa contigo, porque la estafa está cubierta por mi Compañía de Seguros, y después nos repartimos el dinero de la indemnización." Obviamente, las Estafas de los Ingenieros Industriales no están cubiertas por ninguna póliza. En cambio, sí que está cubierta la mala praxis, equivocación o negligencia.

Pasa lo mismo con la Póliza de Seguros del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid. Según Real Decreto 1332/2000, en su artículo 6: El visado colegial acredita que se ha contemplado la normativa aplicable. Es decir, que según Ley, el Colegio acredita que se ha contemplado la normativa aplicable en los proyectos que visan. Luego, ¿qué queda excluído de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil del COIIM, el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid? Quedan excluídos aquellos proyectos en los que no se ha acreditado que se ha contemplado la normativa aplicable.

Por ejemplo, si un proyecto industrial para un Taller de Chapa y Pintura no dispone de la clasificación de emplazamientos, ni de sus planos representativos, y ¡tampoco se le ha realizado siquiera la desclasificación de zonas!, la Compañía de Seguros le diría al Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid:

-¡Señores del COIIM, su obligación es acreditar que se ha contemplado la normativa aplicable en ese proyecto visado y en cambio han acreditado que un Taller de Chapa y Pintura no es un local con riesgo de incendio y explosión! ¡Son Ustedes los responsables de haber visado ilegalmente un proyecto ilegal! Avisen a ese ciudadano que está siendo estafado por su Ingeniero Industrial Colegiado, que es su obligación.

Un Proyecto Estafa es un proyecto ilegal realizado con mala fe para que el ciudadano emprendedor haga, engañado, una serie de disposiciones en perjuicio propio, en una instalación ilegal a la cual no darían permisos y licencias. ¿Cómo es un proyecto ilegal? Por ejemplo, un proyecto industrial para la instalación eléctrica de un Taller de Chapa y Pintura sin considerarlo un local con riesgo de incendio y explosión. Se realizaría una instalación eléctrica ilegal y potencialmente peligrosa para la seguridad, para la salud, con graves riesgos para los ciudadanos y los trabajadores, así como para las propiedades colindantes.

Obviamente, los Organismos de Control Autorizados y Ayuntamientos o Comunidad no otorgarían permisos a ese negocio, porque sería peligroso, y le dirían al propietario:

-¡Oiga, que a Usted le han engañado!, ¡No me puedo creer que este proyecto haya sido visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid!, ¡Oiga, que esto es un problema que le tiene que solucionar el Ilustre COIIM!

¿Por qué es un problema que debe solucionar el COIIM, si el proyecto ha sido visado por ellos mismos? El COIIM, el Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, ha acreditado con el número de visado 200417373, que el proyecto industrial para la instalación eléctrica de un Taller de Chapa y Pintura puede hacerse sin considerarlo un local con riesgo de incendio y explosión. ¡Y no los revocaron, cuando lo debieron hacer durante el proceso de visado en su Departamento! Esta es la Garantía del COIIM.

Y el propietario de ambos proyectos industriales 200417373 y 200417617 diría al COIIM:

-¡Oigan, Ilustres Estafadores del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid! Una de dos, o Ustedes son unos tontos inútiles, o Ustedes son unos estafadores no acreditando que se ha contemplado la normativa aplicable en los trabajos profesionales que visaron ilegalmente, y engañan por carta al ciudadano para que prosiga haciendo disposiciones en perjuicio propio, en una instalación eléctrica peligrosa e ilegal, a la cual no darían permisos.

¿Saben tan Ilustres Señorías que un Taller de Chapa y Pintura es un local con riesgo de incendio y explosión? Pues parece que no lo saben, luego no están capacitados para ser Junta de Gobierno del COIIM. Ustedes visaron ilegalmente los proyectos 200417373 y 200417617. Y cuando ese ciudadano paralizó la obra, Ustedes re-visaron el proyecto y le dijeron por carta que prosiguiera realizando disposiciones en perjuicio propio en la instalación ilegal, porque para Ustedes, lo que diga un Organismo de Control Autorizado sobre el proyecto 200417373 es meramente informativo, en tanto en cuanto no esté finalizada la obra. ¡Y a eso se le llama engañar al ciudadano utilizando su posición de poder, prestigio y conocimiento, para que se arruine ese emprendedor, con tal de no asumir su ilegal visado! Curiosamente, el COIIM tuvo la misma finalidad que la del Ingeniero Industrial Colegiado: ¡estafar al ciudadano mediante el engaño!

Por tres veces consecutivas, por tres re-visados consecutivos, para la Junta de Gobierno del COIIM, para el Decano del COIIM, para la Comisión de Recursos, para la Comisión Deontológica, para el Director del COIIM y para el Responsable del Departamento de Visados del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, a un Taller de Chapa y Pintura se le puede hacer su proyecto indusrial para la instalación eléctrica sin considerarlo un local con riesgo de incendio y explosión y sin siquiera desclasificar zonas. Directamente. O son tontos tan Ilustres personajes, o son unos Estafadores Profesionales.

Es más, para el COIIM, un Taller de Chapa y Pintura tiene un riesgo intrínseco en su zona de taller de RIESGO BAJO 1 y eso es correcto. ¿No se les cae la cara de vergüenza a tan Sapientísima Junta de Gobierno? No, no se les cae porque son unos sinvergüenzas que no tienen vergüenza.

Para el COIIM, un Taller de Chapa y Pintura es un local de entretenimiento de vehículos al cual se le puede hacer una instalación convencional, además, con la normativa antigua y sin considerarlo local con riesgo de incendio y explosión, justo todo lo contrario a lo que dice la ITC BT 29 del Real Decreto 842/2002. Y eso es ilegal. Es decir, que el proyecto con número de visado 200417373 es ilegal. Es decir, que es un problema que debió solucionar el COIIM porque es un Proyecto Ilegal que obliga a un ciudadano, engañado por el visado, a hacer una serie de disposiciones en perjuicio propio, en una instalación ilegal a la cual no darían permisos y licencias. Es decir, que es un Proyecto Estafa.

Dice el Código Penal, en su Artículo 248:

1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

Es decir, que cometen estafa los que, con ánimo de lucro de no responsabilizarse de su visado ilegal, utilizaren engaño bastante para producir error en otro al decirle que prosiga haciendo disposiciones en perjuicio propio, en una instalación ilegal a la cual no darían permisos.


Dice el Código Penal, en su Artículo 249:

Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.

Dice el Código Penal, en su Artículo 250:

1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:

---1. Recaiga sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilizad social (por ejemplo, crear una empresa).

---6. Revista especial gravedad, atendiendo al valor de la defraucación, a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia.

---7. Se cometa abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional.

2. Si concurrieran las circunstancias 6 o 7 con la 1 del número anterior, se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años y multa de doce a veinticuatro meses.

En el caso de los proyectos con números de visado 200417373 y 200417617 concurren todas.


Dice el Código Penal, en su Artículo 404 de la Prevaricación y otros comportamientos injustos:

A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.


¿Quién se va a creer que el Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, siendo una Corporación de Derecho, Sin Ánimo de Lucro, con Personalidad Jurídica Propia, tan Ilustre y Sagrado COIIM, va a cometer un delito de Prevaricación, otro de Estafa, otro de Omisión del Deber de Presentar Denuncia, otro de connivencia con su Ingeniero Industrial Colegiado para estafar a un ciudadano, cuando el Ilustre COIIM tiene como finalidad última la correcta tutela del ejercicio de la profesión como garantía de los derechos de los ciudadanos? ¿Quién se va a creer ésto, siendo tan enorme el Prestigio de tan Ilustre Institución? Lo que son es lo siguiente: una Corporación de Derecho de Pernada, con todo el Ánimo de Lucro posible con tal de no asumir sus visados ilegales, y con la Personalidad Jurídica Propia para cometer prevaricación mediante sus sentencias injustas y de cometer Estafa al engañar al ciudadano para que prosiga realizando disposiciones en perjuicio propio en una instalación ilegal.

¿Qué ocurre cuando el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid detecta un Proyecto Estafa que le ha colocado uno de sus Ingenieros Industriales Colegiados? Proyecto Estafa es el que ha sido realizado con mala fe, deliberadamente intencionado y con un objetivo concreto, que el ciudadano emprendedor realice una serie de disposiciones en perjuicio propio en una instalación ilegal a la cual no concederían los permisos pertinentes.

Su primera misión sería la que debe tener según Real Decreto 1332/2000 su finalidad última es la correcta tutela del ejercicio de la profesión como garantía de los derechos de los ciudadanos. Es decir:

1º Denunciar a ese Ingeniero Industrial por haber colado, en su Departamento de Visados, un proyecto estafa para su visado. Pero no lo hacen porque es mejor poner el sellito, cobrar y después salir en los medios diciendo: nosotros somos necesarios e imprescindibles para la sociedad porque acreditamos la normativa aplicable en los proyectos que visamos y eso es una garantía para los ciudadanos.

2º Avisar al ciudadano que ese Ingeniero Industrial le está estafando. Pero no lo hacen, a pesar de que sea su obligación.

Hacen todo lo contrario. Por no asumir su ilegal visado, prefieren engañar al ciudadano ocultándole que está siendo víctima de una estafa por parte de su Ingeniero Industrial Colegiado Estafador. Y el COIIM prefiere engañar al ciudadano para que prosiga haciendo disposiciones en perjuicio propio en una instalación ilegal y así le lleva a la más abyecta ruina, que es lo que le interesa al COIIM.

Imaginemos dos casos:

1º Que se finaliza la instalación. El Organismo de Control Autorizado le diría al propietario:

-Ahora tíreme toda la instalación efectuada y hágamela para local con riesgo de incendio y explosión. Por supuesto, esto es un problema que le tiene que solucionar el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid porque ha visado (con número 200417373) un proyecto para un Taller de Chapa y Pintura como un local que no tiene riesgo de incendio y explosión.

Y el Ingeniero diría:

-Oiga, vaya Usted a reclamar al Colegio oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, que son los que visaron el proyecto.

Y el COIIM diría:

-Oiga, lo que diga un Informe de un Organismo de Control Autorizado es meramente informativo, reclame al Ingeniero.


2º Que el propietario paraliza la obra por los numerosos errores existentes en Memoria y Cálculos, Planos, Esquema Unifilar y Presupuesto, errores que provocaron numerosos retrasos y devoluciones, y además porque detectó algo raro en ese proyecto visado con número 200417373, porque posiblemente vulneraba la normativa ya que parecía que el proyecto se había realizado con el antiguo Real Decreto 2413/1973, de 20 de Septiembre, derogado por el actual Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias del Real Decreto 842/2002?

El Organismo de Control Autorizado revisa el proyecto y le dice al propietario:

-¡Oiga, ha hecho bien en paralizar la obra porque esto es un problema que le tiene que solucionar el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid!

y el Ingeniero diría:

-Oiga, vaya Usted a reclamar al Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, que son los que visaron el proyecto.

Y el COIIM diría:

-Oiga, lo que diga un Informe de un Organismo de Control Autorizado es meramente informativo, en tanto en cuanto no esté finalizada la obra, es decir, prosiga Usted haciendo disposiciones en perjuicio propio en una instalación ilegal, que a nosotros, el COIIM, nos suda la polla que le estalle esa instalación, o que se arruine, o que se arruine su familia, porque nosotros somos una garantía para la Sociedad.

Es decir, que la solución que le proponemos es que contrate a otro Ingeniero Industrial del Turno de Oficio para que le haga las precisiones al proyecto, si fueran precisas, que lo mismo no son precisas, y así, si traga con esta solución prevaricativa, le pegamos el cambiazo al proyecto. Pero eso sí, prosiga haciendo disposiciones en su propio perjuicio en una instalación ilegal, que lo que diga un Informe de un Organismo de Control Autorizado es meramente informativo, en tanto en cuanto no esté finalizala la obra. y asuma Usted todo el coste económico con respecto a un proyecto industrial ilegal para la instalación eléctrica de un Taller de Chapa y Pintura que ha sido realizado como un local sin riesgo de incendio y explosión, porque así lo garantiza nuestro visado, lo cual es una garantía para la sociedad y los derechos de los ciudadanos.

En una sola frase, el COIIM ha cometido prevaricación (solución injusta) y estafa (prosiga realizando disposiciones en perjuicio propio en la instalación ilegal), tal cual demuestran los párrafos 1 y 2 de la siguiente carta.




Y es que, cuando un estafador entra en tu vida, puedes darte por jodido; y cuando ese estafador es un Ingeniero Industrial Colegiado, puedes darte por tremendamente follado. Pero cuando ese estafador Ingeniero Industrial Colegiado está protegido y amparado con la connivencia del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid y con el mismo objetivo de engañar al ciudadano emprendedor, puedes darte por violentamente violado, muerto en vida, vivo en muerte, muerto en definitiva.

¿Quién va a querer crear una empresa, generar riqueza y empleo en España, cuando puedes ser estafado impunemente por los Ingenieros Industriales Proyectistas Colegiados del COIIM, amparados además por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid?


La Puta Mafia, ¡oiga!, los auténticos Vito Corleone, la Gran Familia del Padrino, los Al Capone de Madrid.

Extracto del Libro: 1.000 motivos por los que debe dimitir la Junta de DesGobierno del COIIM, por David Orejas Demono."

Nota añadida a escondidas por Sonia:

-¿Notan Ustedes, Junta de Gobierno del COIIM, cómo cayeron en la trampa de su Ingeniero Colegiado? ¡Kon Kondón, Señor DeKano, Kon Kondón!

-Sonia, definitivamente, y con precisión como le gusta precisar al COIIM, eres la más precisamente contundente.




"En parte, la presente video-novela (6ª parte) está basada en hechos reales. Sus documentos gráficos así lo demuestran, no habiéndose modificado alguno. Los cargos que aquí se nombran también son ciertos, no así los nombres de las personas, que han sido cambiados para preservar su dignidad y honor."

Definición de Prevaricación según la RAE: Delito consistente en dictar a sabiendas una resolución injusta una autoridad, un juez o un funcionario.

Definición de Prevaricación según Antonio: ¡Ahí va! ¡Serán delincuentes!

Definición de Estafa según Antonio: ¡La Madre que me parió!

Nota del autor: Las dos cartas publicadas como contestación del COIIM son reales. Se ha modificado el nombre del proyectista, del Responsable del Departamento de Visados y del Secretario. También se ha ocultado el nombre del Organismo de Control Autorizado, al cual se le ha puesto las siglas O.C.A. El sello del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid solo se ha desplazado para que entrara correctamente. El resto, y aunque parezca mentira lo que la picha estira, es la respuesta real, sin modificación alguna, a un proyecto ilegal, legalizado mediante el visado ilegal del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, el COIIM.

No hay comentarios:

Publicar un comentario